Certificado de obra audiovisual canaria


Para la obtención del Certificado Canario de Producción Audiovisual, es requisito indispensable que la empresa esté inscrita en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias. La producción deberá tener nacionalidad española y además cumplir los siguientes requisitos:

  • La aportación del productor canario debe superar el 20% del coste de la obra audiovisual.
  • En caso de coproducción financiera, la aportación del coproductor canario no será inferior al 10% ni superior al 25% del coste de producción.
  • Se exigirá rodar unnimo de tiempo en interiores o exteriores en las Islas Canarias:

Para largometrajes de imagen real:

– 11 días cuando el presupuesto sea inferior a dos millones de euros.

– 14 días cuando el presupuesto sea entre dos y cuatro millones de euros.

– 16 días cuando el presupuesto sea entre cuatro y ocho millones de euros.

– 18 días cuando el presupuesto sea a partir de 8 millones de euros.

Excepción: Sólo 9 días de rodaje, siempre que se realice un gasto mínimo acreditado del 15%​del presupuesto en procesos de postproducción realizados en Canarias.

Para series de imagen real:

20% del tiempo de rodaje que conforma una temporada, debe realizarse en Canarias.

Excepción: Sólo 15% de tiempo de rodaje de una temporada, siempre que se realice un gasto mínimo acreditado del 15% d​el presupuesto en postproducción realizada en Canarias.

Documentales:

– Sin tiempo mínimo.

Para las obras de animación:

– El 15% en el caso de obras con un presupuesto superior a cinco millones de euros.

– El 20% en el caso de obras con un presupuesto inferior a cinco millones de euros.

Para el cómputo de los tiempos de producción en Canarias, los trabajos de renderización no podrán exceder el 20% del tiempo total de producción.

  • Se exigirá la contratación de personal local con residencia o domicilio fiscal en Canarias:

 Para largometrajes y series de ficción:

– Una persona considerada personal creativo.

Nueve personas técnicas pertenecientes a un mínimo de cinco equipos distintos.

 Para documentales:

Al menos dos personas (director, guionista, compositor de la música original, director de fotografía o productor ejecutivo) deben ser residentes fiscales en Canarias.

 Para animación:

Al menos el jefe de equipo de la oficina en Canarias, o en su defecto, lead de animación, persona animadora senior o actor/actriz de doblaje en papel principal o secundario.